"La cosa está mal en mi empresa, me hablan de no poder pagar y que se ven obligados a hacer un ERE temporal"
El Expediente de Regulación de Empleo (ERE) Temporal
Un ERE temporal es un procedimiento administrativo laboral de carácter
especial con el fin de obtener autorización para suspender de forma temporal
los contratos de trabajo. Ésta autorización no puede solicitarse siempre que
nos convenga, deben existir una causa ecónomica,
técnica, organizativa, o bien de por motivos de producción. También puede
existir un ERE provocado por fuerza mayor, y únicamente en éste
caso, la autoridad laboral competente tendrá solo 5 días para resolverlo.
En los demás supuestos, debe existir un período de consultas de como mínimo
15 días entre la empresa y los representantes de los trabajadores, salvo que
antes del plazo, llegaran a un acuerdo.
Durante el ERE temporal, el trabajador puede solicitar la prestación por
desempleo, aunque sigue perteneciendo a la empresa a todos los efectos. Para
tener derecho al desempleo, el trabajador deberá haber cotizado, como mínimo
durante 12 meses dentro de los 6 últimos años.
Mientras dure el período de suspensión se cotiza por la misma base que
el trabajador tenía antes del hecho causante. Durante éste tiempo, no se
generará la parte proporcional de las pagas extras ni se tendrá en cuenta para
las vacaciones.
Existe una ventaja para las empresas: durante el ERE temporal, éstas sólo tendrán que abonar el 50% de las cotizaciones por Contingencias
Comunes de los trabajadores que hayan sufrido la suspensión temporal o bien la
reducción de jornada. En ningún caso ningún trabajador
podrá encontrarse en ésta situación durante más de 240 días.
Para obtener la bonificación, la empresa debe
comprometerse a mantener el empleo del trabajador durante, como mínimo, un año.
No hay comentarios:
Publicar un comentario